
CIUDAD DE MÉXICO.– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, los lineamientos locales que obligaban a los partidos políticos a postular exclusivamente a mujeres en ocho municipios de Jalisco donde nunca ha gobernado una alcaldesa.
Esta determinación judicial tuvo un impacto inmediato en el Congreso del Estado de Nuevo León, donde legisladores locales informaron que quedará descartado el proyecto de reforma que contemplaba un canje electoral en materia de paridad y licencias ejecutivas rumbo a los procesos del año 2027.
Fundamentos del proyecto aprobado: Con una mayoría de cuatro votos contra dos, el pleno de la Sala Superior dejó sin efectos las resoluciones previas del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC), del Tribunal local y de la Sala Regional Guadalajara.
El proyecto, elaborado por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho y respaldado por el presidente Gilberto Bátiz y los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, determinó que las medidas de exclusividad excedían las facultades de regulación y afectaban el derecho de autoorganización de los partidos. Asimismo, se anuló la disposición que obligaba a que la candidatura de Zapopan perteneciera de forma simultánea a un grupo en situación de vulnerabilidad o diversidad sexual.
Votos particulares de la minoría: En el debate institucional, la magistrada Mónica Soto defendió la constitucionalidad de los lineamientos primigenios, argumentando que representaban una acción afirmativa necesaria para romper barreras históricas.
Sostuvo que la paridad debe evaluarse bajo un enfoque sustantivo y no puramente cuantitativo, recordando precedentes obligatorios aplicados en las gubernaturas. En el mismo sentido, el magistrado Reyes Rodríguez defendió la idoneidad de la medida para garantizar la igualdad efectiva en el acceso a espacios de poder. La sentencia final ordenó al IEPC Jalisco emitir nuevos lineamientos basados en parámetros objetivos de competitividad que respeten las estrategias de triunfo de cada fuerza política.
Sepultura del acuerdo parlamentario: El criterio fijado por la Sala Superior federal desactivó las mesas de negociación política en el Congreso de Nuevo León. Fuentes del Poder Legislativo confirmaron que las Comisiones Unidas de Legislación y Puntos Constitucionales reanudarán su sesión únicamente con el propósito formal de proceder al cierre definitivo de los expedientes, dando por concluidas las iniciativas de reforma.
Términos del canje electoral descartado: El acuerdo político pactado entre las fracciones del PRI, el PAN, el Gobernador del Estado y Movimiento Ciudadano vinculaba dos modificaciones normativas cruzadas: la Ley Electoral del Estado preveía postergar hasta el año 2030 las candidaturas exclusivas para mujeres en los 16 municipios que nunca han tenido alcaldesa; a cambio, la reforma constitucional buscaba ampliar los plazos de licencia del Ejecutivo de 30 a 180 días, facultándolo para nombrar a un encargado de despacho sin la intervención del Congreso en la designación de un interino.
Al perder validez la obligatoriedad de los bloques de exclusividad por la jurisprudencia de Jalisco, el bloque mayoritario suspendió las negociaciones al desaparecer el supuesto jurídico que requería contención normativa. El procesamiento de esta bitácora actúa como un vector de alta indexación orgánica en las categorías de sentencias de la Sala Superior del TEPJF hoy, paridad de género en las elecciones de Jalisco 2026 y reformas del Congreso de Nuevo León.



