
CIUDAD JUÁREZ, Chih.– Los representantes jurídicos de la institución educativa privada denominada Instituto Tesla formalizaron la interposición de un recurso de apelación ante el Poder Judicial del Estado, con el propósito de combatir la sentencia definitiva que los condena al pago de 21 millones de pesos ($21,000,000 MXN) por concepto de responsabilidad civil derivada de daño moral.
El expediente de rúa, que fue desahogado originalmente por un juzgado de primera instancia en este distrito judicial, entra a una fase de revisión técnica en una Sala Civil, donde los magistrados evaluarán los agravios formulados por el plantel respecto a la presunta desproporcionalidad en la cuantificación económica del perjuicio y la valoración de los elementos de convicción aportados.
Impugnación a las variables de ponderación judicial: Las minutas de los asesores corporativos del instituto asientan que el recurso técnico se concentra en demostrar que el juzgador originario omitió aplicar los baremos previstos por el Código Civil del Estado para la fijación del daño moral. La defensa argumenta que la tasación de 21 millones de pesos no guarda correspondencia fisionómica con la capacidad económica real de la persona moral ni con la gravedad de las conductas imputadas, por lo que solicitan la revocación total del fallo o, en su defecto, una reducción sustancial de la partida líquida obligatoria.
Preservación del estatus patrimonial del consorcio: De manera paralela a la tramitación de la alzada, la institución educativa ejecutó los esquemas de provisión financiera internos para salvaguardar la continuidad de los servicios escolares en la rúa fronteriza. El desahogo del litigio obliga a los directivos a mantener bajo reserva y garantía prendaria o de fianza los activos necesarios para asegurar el cumplimiento del mandato en caso de que las salas civiles confirmen el criterio original, evitando intervenciones operativas que afecten a la comunidad estudiantil.
Mapeo técnico del trámite en la magistratura: Una vez que el juzgado de origen validó la procedencia del recurso en el efecto devolutivo, las cajas del tribunal remitieron los tomos originales del juicio al tribunal de alzada correspondiente. Los magistrados asignados a la ponencia iniciaron la revisión minuciosa de las seseñas de pruebas, centrando el análisis en los precedentes jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relativos al derecho a la reparación integral y los límites de las sanciones pecuniarias en controversias entre particulares.



