
CIUDAD DE MÉXICO. La legislación migratoria de Estados Unidos faculta de manera discrecional al Departamento de Estado para revocar visas de no inmigrante en cualquier momento, un marco legal que cobró relevancia internacional tras confirmarse la cancelación del visado de Andrés Manuel López Beltrán, hijo del expresidente Andrés Manuel López Obrador. Las normativas federales estadounidenses no obligan a las autoridades consulares a hacer públicos los motivos específicos de estas determinaciones administrativas.
De acuerdo con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y el Código de Regulaciones Federales (específicamente la sección 22 CFR 41.122), un funcionario consular, el secretario de Estado o un representante con autoridad delegada puede retirar un visado de forma inmediata o provisional. Estas medidas suelen aplicarse cuando el titular deja de cumplir con los requisitos de elegibilidad de la categoría correspondiente, si existen sospechas de inelegibilidad o si se detecta alguna omisión o falsificación de datos en el proceso de solicitud.
El caso tomó dimensión política luego de que López Beltrán difundiera una carta dirigida al presidente estadounidense Donald Trump, en la que calificó la medida como un acto "politiquero" e imputó la decisión al secretario de Estado, Marco Rubio, y al subsecretario Christopher Landau. El político mexicano, quien dejó la Secretaría de Organización de Morena para contender por una diputación federal en Tabasco, negó haber cometido ilícito alguno y solicitó la remoción de ambos funcionarios norteamericanos.
Las leyes vigentes establecen que la revocación de un visado es una medida administrativa y no equivale por sí misma a una imputación penal ni prueba la comisión de un delito. No obstante, la medida se suma a una serie de cancelaciones de visas aplicadas por la administración estadounidense a más de 50 políticos y funcionarios mexicanos en el último año, cuyas razones particulares se mantienen bajo reserva oficial.



