
Juárez.- El Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua concedió una suspensión provisional a José Luis A. C., propietario del crematorio Plenitud, dentro de un juicio de amparo indirecto promovido contra la ejecución de una posible orden de aprehensión o notificación emitida en su contra.
La medida cautelar busca preservar la materia del juicio de amparo mientras el órgano jurisdiccional analiza el fondo del asunto relacionado con las investigaciones por el hallazgo de 386 cuerpos no incinerados en las instalaciones del establecimiento.
Los detalles sobre la resolución judicial, la estrategia de la defensa y las acciones administrativas complementarias se desglosan a continuación:
Alcance de la resolución judicial:
Materia del amparo: Protección temporal contra la posible orden de aprehensión formulada por autoridades ministeriales durante el desarrollo de la carpeta de investigación.
Efectos procesales: El Juzgado Sexto de Distrito precisó que la suspensión provisional no constituye un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal del promovente, sino una garantía cautelar contemplada en la Ley de Amparo para evitar la ejecución del acto reclamado antes del fallo definitivo.
Acciones ante la representación de la defensa:
Representación legal: La firma Legal Estudio Jurídico comunicó la obtención de la suspensión para su representado.
Queja administrativa: La defensa interpuso un recurso ante el Tribunal de Disciplina Judicial para solicitar la revisión de las actuaciones procesales de integrantes del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, siendo turnado el expediente a la Secretaría Ejecutiva de Disciplina para su análisis.
Estatus de la investigación:
Continuidad del proceso: Las autoridades investigadoras mantienen abierto el expediente judicial por los hechos ocurridos en el crematorio.
Garantías procesales: La medida concedida mantiene sus efectos de forma temporal sin modificar el curso general de las indagatorias conducidas por el Ministerio Público.



