
Chihuahua.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por unanimidad el recurso de queja interpuesto por el alcalde de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, en contra de Javier Corral Jurado. El máximo tribunal ratificó que el edil debe agotar primero el recurso de apelación antes de buscar un amparo, confirmando así el principio de definitividad en el proceso por presunto daño moral.
El conflicto legal entre los ahora compañeros de partido inició hace cuatro años:
La acusación: Pérez Cuéllar demandó a Corral (entonces Gobernador) por expresiones públicas que presuntamente afectaron su honor y reputación.
Inmovilidad de la Fiscalía: Tras años de litigio, la Fiscalía de Chihuahua decidió en febrero de 2024 no ejercer acción penal contra Corral, decisión que fue respaldada por un juez de control en marzo del mismo año.
Bajo la ponencia de la ministra Lenia Batres, la Corte declaró infundado el recurso 5/2025 basándose en las recientes reformas a la Ley de Amparo:
Principio de Definitividad: La Corte determinó que Pérez Cuéllar debió apelar la decisión del juez de control antes de acudir al amparo indirecto.
Vigencia de la Ley: Aunque el alcalde argumentó que su caso era anterior a la reforma del 26 de enero de 2024, la Corte aclaró que el requisito ya era vigente cuando interpuso sus últimos recursos.
Justicia Expedita: Batres sostuvo que la norma es clara y suficiente, por lo que no se trata de un "trámite excesivo" sino de seguir el orden jerárquico del sistema penal.



