
México.- El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, hizo público un proyecto de sentencia que plantea revocar el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE) y ordenarle que asuma la competencia e investigue la denuncia promovida por Movimiento Ciudadano (MC) contra Morena por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña con miras a las elecciones de 2027.
La queja del partido naranja señala una presunta estrategia nacional del partido de gobierno para posicionar perfiles mediante las denominadas "Coordinaciones de la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional" en estados como Aguascalientes, Campeche, Colima, Querétaro y Sinaloa, además de señalar actos particulares de promoción como la distribución de mercancía de la alcaldesa Geraldine Ponce en Nayarit.
Argumentos del proyecto, invalidez de la fragmentación e implicaciones:
Incompetencia mal declarada: El proyecto determina que la UTCE valoró de manera incorrecta y aislada los hechos denunciados al desechar la queja el pasado 7 de septiembre bajo el argumento de que correspondía a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) por acotarse a ámbitos estatales.
Estrategia partidista homologada: Rodríguez Mondragón precisa que el análisis no puede fragmentarse territorialmente, dado que las designaciones provienen de un proceso interno centralizado conforme a criterios generales aprobados por el Consejo Nacional de Morena, con convocatorias registradas en la Ciudad de México y bajo una metodología simultánea en varios estados.
Competencia del órgano nacional: El documento concluye que, al tratarse de un partido político nacional y de una posible conducta sistemática dirigida desde sus órganos directivos centrales, corresponde de manera exclusiva e integral al INE llevar a cabo la investigación de fondo.
Siguiente paso procesal: El planteamiento del magistrado no prejuzga la existencia o inexistencia de las infracciones denunciadas, únicamente fija la obligación del INE para sustanciar el expediente, el cual deberá someterse a votación del Pleno de la Sala Superior del TEPJF para determinar si se aprueba la propuesta.



