
Chihuahua.- El Gobierno del Estado publicó un decreto que prohíbe a los servidores públicos realizar acuerdos directos o reuniones con agentes extranjeros fuera de los cauces legales. El incumplimiento de estas disposiciones, que buscan salvaguardar la soberanía nacional, podrá derivar en sanciones administrativas, penales o de otra índole.
El instrumento jurídico responde a directrices de la Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional:
Antecedente: La normativa deriva de la polémica generada por la muerte de dos presuntos agentes de la CIA tras el desmantelamiento de narcolaboratorios en el municipio de Morelos, Chihuahua.
Propósito: Fortalecer la coordinación institucional y garantizar que la cooperación internacional sea conducida de manera ordenada y bajo el principio de no intervención.
El documento establece que cualquier contacto con gobiernos o agencias extranjeras en materia de seguridad debe seguir protocolos federales:
Canal oficial: Toda coordinación o intercambio de información debe realizarse exclusivamente por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Autorizaciones previas: Se requiere el acuerdo de las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), de la Defensa Nacional (SEDENA) y de Marina (SEMAR).
Restricción operativa: Ninguna autoridad local puede permitir que agentes extranjeros participen en investigaciones, persecución de delitos o funciones reservadas al Estado Mexicano sin autorización expresa.
Los funcionarios de la administración estatal, centralizada y paraestatal, deberán cumplir con lo siguiente:
Reporte obligatorio: Deberán informar sobre cualquier interacción con agentes extranjeros dentro de los tres días siguientes al contacto.
Presencia de la SRE: Toda reunión con personal extranjero debe contar con autorización previa y la presencia física de representantes de la SRE.
Gestión de proyectos: Antes de formalizar cualquier vínculo, se debe verificar su viabilidad jurídica y remitir el proyecto a la federación para su dictamen y registro.



