
México.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) dio a conocer que este sábado 15 de agosto vence el plazo para la primera etapa del proceso de registro de líneas de telefonía celular, precisando que no se otorgarán extensiones para las líneas cuya numeración concluya en dígito cero.
De acuerdo con la disposición anunciada, la falta de vinculación de la línea telefónica con la Clave Única de Registro de Población (CURP) derivará en la suspensión progresiva de las prestaciones de voz, mensajes y datos móviles.
Los detalles sobre las etapas de suspensión, los servicios que permanecerán activos y el procedimiento de reactivación se desglosan a continuación:
Esquema de suspensión de servicio:
Primera etapa: La fecha límite inicial aplica exclusivamente para los números celulares con terminación en el dígito cero.
Lapso de restricción: El corte de la señal se efectuará de manera gradual en un periodo estimado de 72 horas posteriores al vencimiento.
Afectaciones operativas: Se suspenderá el servicio para la emisión y recepción de llamadas, mensajes de texto (SMS) y la conectividad a internet móvil.
Servicios esenciales y de emergencia habilitados:
Canales de auxilio: Las líneas sujetas a suspensión mantendrán operativo el acceso a la línea de emergencias 911, así como a las marcaciones de atención ciudadana (079, 088 y 089).
Alertamientos y soporte: Permanecerá activa la recepción de alertas sísmicas y el enlace directo con el área de atención de la compañía telefónica correspondiente.
Mecanismo de reactivación:
Procedimiento de regularización: La reactivación de las funciones del dispositivo se efectuará una vez que la persona usuaria lleve a cabo el proceso de validación e ingreso de su CURP ante la proveedora del servicio.



