
CHIHUAHUA, Chih.– El presidente municipal de Chihuahua, Marco Antonio Bonilla Mendoza, calificó como "inverosímil" la explicación pública ofrecida por la dirigente estatal de Morena, Brighitte Granados, referente a la presunta pérdida de su visa de cruce hacia los Estados Unidos. La postura del edil capitalino surge luego de que la líder partidista atribuyera el procedimiento administrativo a una sanción vial de hace diez años, ante lo cual el alcalde argumentó que los protocolos consulares y judiciales de la Unión Americana no contemplan el retiro del documento migratorio de forma exclusiva por una infracción de tránsito ordinaria.
Las precisiones técnicas sobre el derecho anglosajón, la mención de factores de desacato judicial y el exhorto a esperar los partes formales de las agencias estadounidenses.
El desglose de los puntos señalados por el mandatario municipal y las variables de los esquemas normativos transfronterizos detalla las siguientes incidencias informativas:
Inviabilidad de cancelación directa: De acuerdo con lo expuesto por Bonilla Mendoza, los esquemas de operación habituales de las autoridades norteamericanas dictan que una infracción vial común no constituye de manera aislada una causa legal suficiente para la revocación definitiva de una visa de turista o negocios.
Mecanismos ordinarios de sanción: El alcalde precisó que, ante faltas de tránsito en territorio estadounidense, las cortes y corporaciones policiacas suelen aplicar otro tipo de medidas punitivas, tales como el cobro de multas económicas, requerimientos obligatorios de comparecencia ante un juez de distrito o la asignación de jornadas de trabajo comunitario, dependiendo de la gravedad.
Citas institucionales: “La razón a mí se me hace inverosímil, la verdad. Que me quitaron la visa porque tuve una infracción de tránsito. Si revisan en cualquier autoridad americana, una multa no te hace que te cancelen la visa”, manifestó textualmente el edil ante los representantes de los medios locales.
El presidente municipal planteó que, para que un procedimiento de cancelación documental de tal naturaleza ocurra, habitualmente concurre una combinación de factores legales no especificados en la versión inicial. Entre estas variables de agravación jurídica enlistó la posibilidad de que la falta original estuviera asociada a la conducción de vehículos bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, el incumplimiento reiterado de sanciones económicas previas o la figura de desacato frente a resoluciones emitidas por tribunales norteamericanos.
“Lo que sí puede suceder es que haya una combinación de circunstancias, pero tendrá que ser la autoridad americana quien señale con precisión cuál fue el motivo”, acotó Bonilla, subrayando que las agencias del gobierno de los Estados Unidos son las únicas entidades facultadas y con la soberanía legal para esclarecer los pormenores específicos del estatus migratorio de la afectada.



