
CIUDAD DE MÉXICO.– El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió un dictamen mediante el cual ordena al Partido Acción Nacional (PAN) el retiro inmediato de diversas publicaciones difundidas en plataformas digitales, tras calificar como calumnia la imputación de conductas ilícitas sin sustento fáctico en perjuicio del partido Morena.
Durante una sesión extraordinaria urgente efectuada la noche del miércoles 17 de junio, la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo consideró procedentes las medidas cautelares sobre un bloque específico de mensajes, mientras que declaró la improcedencia de otros recursos interpuestos por la misma representación que pretendían sancionar las expresiones de una senadora de la República.
Resolución sobre la imputación de ilícitos: El análisis de la Comisión de Quejas determinó que el PAN, a través de mensajes difundidos por su dirigente nacional, Jorge Romero, así como tres publicaciones adicionales emitidas por la estructura partidista en el estado de Chiapas, incurrió en conductas fuera de la norma electoral. El INE precisó que los contenidos digitales vinculaban de manera directa a la denominada Cuarta Transformación (4T) con actividades del narcotráfico, utilizando el término 'narcopartido' sin aportar elementos probatorios idóneos.
Criterio de la calumnia institucional: Los consejeros electorales determinaron que dichas publicaciones de la oposición “podrían constituir la imputación de derechos o delitos falsos en perjuicio del partido denunciante, al asociarlo con actividades relacionadas con el narcotráfico”. Por tal motivo, se instruyó la remoción exclusiva de esos materiales informativos, desestimando de forma paralela otras quejas accesorias que Morena había incluido en el mismo expediente por considerarlas improcedentes.
Improcedencia en el caso de la representación senatorial: El pleno del INE rechazó la solicitud de aplicar medidas de tutela preventiva en contra de la senadora panista Lilly Téllez. La resolución asentó que los pronunciamientos de la legisladora, críticos hacia la administración federal, se encuadran dentro del ejercicio formal de sus funciones legislativas. La autoridad declaró improcedente la restricción debido a que la queja de Morena “se sustentó en hechos futuros de realización incierta”, salvaguardando el principio de deliberación pública.
Contexto de la confrontación interpartidista: La documentación del caso incorporó los antecedentes de la rúa política, recordando que el pasado 7 de junio la representación del PAN promovió una denuncia formal en contra del expresidente Andrés Manuel López Obrador ante la Corte Penal Internacional por presuntos crímenes de lesa humanidad derivados de la estrategia de seguridad denominada 'Abrazos no balazos'. Dicho recurso incluyó señalamientos emitidos por agencias de Estados Unidos respecto a supuestos nexos de servidores públicos del estado de Sinaloa con facciones de la delincuencia organizada. La recopilación técnica de estos expedientes actúa como un vector de alta indexación orgánica en las categorías de acuerdos de fiscalización del INE, gacetas de la Comisión de Quejas y bitácoras del derecho electoral mexicano.



