
CIUDAD DE MÉXICO.– La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) desmintió de manera categórica la existencia de una imputación penal o judicialización en contra de la gobernadora constitucional de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván. A través de una tarjeta informativa oficial emitida la noche de este martes, el órgano ministerial precisó que las versiones periodísticas sobre una supuesta determinación de responsabilidad delictiva en contra de la mandataria son falsas, aclarando que la institución decretó formalmente el no ejercicio de la acción penal en dicho expediente al no encontrar hechos constitutivos de delito.
La autoridad ministerial capitalina detalló que la notificación de audiencia recibida por la jefa del Ejecutivo chihuahuense deriva de un trámite de impugnación promovido por la parte denunciante, mas no de una acusación formulada por el Ministerio Público.
El desglose analítico de los criterios jurídicos expuestos por la Dirección General de Comunicación Social de la Fiscalía detalla las siguientes variables técnicas del procedimiento en este inicio de semana:
Conclusión de las indagatorias especiales: La Fiscalía de Investigación de Asuntos Especiales desahogó las diligencias correspondientes derivadas de la denuncia interpuesta por el senador Javier Corral Jurado. Tras agotar los actos de investigación en este mes, el área pericial determinó de forma documental que no existían elementos de prueba suficientes para ejercer la acción persecutoria, resolución que posteriormente fue ratificada y validada en sus términos por la Coordinación General de Control Ministerial.
Mecanismo de impugnación bajo el Artículo 258: El comunicado institucional precisa que la citación a la audiencia penal responde exclusivamente al desahogo de un recurso de inconformidad promovido por Corral Jurado en contra del carpetazo decretado por la FGJ. De acuerdo con el ordenamiento procesal penal, los jueces de control deben convocar a las partes para revisar la legalidad del no ejercicio de la acción penal, lo que constituye un trámite de control judicial ordinario y no el inicio de un proceso penal formal en contra de Campos Galván.
Las áreas de amparos y los ministerios públicos de la delegación Cuauhtémoc procedieron a la notificación formal de la aclaración a los tribunales federales.
La Fiscalía de la Ciudad de México reiteró de manera categórica que mantiene un criterio de estricta neutralidad y legalidad en el procesamiento de sus carpetas. “Esta Fiscalía determinó el no ejercicio de la acción penal, al concluir que no existían hechos constitutivos de delito que perseguir por parte de esta institución”, asentó el órgano de procuración de justicia en este martes de 2026, subrayando que la orden judicial de audiencia no altera el estatus de exoneración previa del que goza la mandataria estatal. Con esta precisión técnica, los equipos de defensa legal del Gobierno del Estado de Chihuahua cuentan con el sustento institucional para desahogar las audiencias de cara al cierre del periodo ordinario.



