
CIUDAD DE MÉXICO.– El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) formalizó la emisión de un comunicado aclaratorio para precisar el alcance de los procedimientos sancionatorios aplicables a los establecimientos comerciales, bares y restaurantes que ejecuten la retransmisión de los partidos de la Copa Mundial 2026 sin contar con las licencias correspondientes.
La autoridad federal puntualizó que, si bien la difusión pública de dicho contenido audiovisual sin autorización constituye una infracción administrativa en materia de derechos de autor, bajo ninguna circunstancia se decretará el cierre o la clausura física de los locales, descartando asimismo la implementación de operativos o inspecciones aleatorias en el territorio nacional.
Estructura financiera de las medidas de apremio: De acuerdo con las minutas oficiales del IMPI, los comercios que incurran en la difusión no autorizada de las señales televisivas protegidas se harán acreedores a sanciones económicas que oscilan entre los 1,000 y los 5,000 días de multa, calculados con base en el valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Bajo este esquema métrico, la penalización financiera puede ascender hasta los 586 mil 500 pesos por evento detectado, afectando directamente los pasivos de las unidades económicas infractoras.
Aplicación de agravantes en el entorno comercial: El instituto advirtió que para aquellos establecimientos donde se compruebe el dolo o la retransmisión ilegal sistemática con fines de lucro directo, la multa económica inicial podrá incrementarse hasta en un 50% adicional. Asimismo, las bitácoras normativas señalan que en caso de reincidencia —es decir, que un local sea inspeccionado y multado en más de una ocasión durante el desarrollo de la justa deportiva—, los montos se acumularán de forma progresiva de acuerdo con las seseñas del marco legal de propiedad industrial.
Protocolos de identificación del personal técnico: Ante el riesgo de conductas delictivas ajenas a la institución, el IMPI emitió un exhorto enérgico a la ciudadanía y a los organismos camarales (Canirac, Canaco) para no dejarse sorprender ni extorsionar por falsos verificadores. Se puntualizó que las visitas de inspección en rúa jamás se realizarán de forma aleatoria, sino únicamente a petición formal de las firmas tenedoras de los derechos de transmisión, y que todo el personal acreditado debe portar de forma invariable un gafete oficial con fotografía, código de verificación y seseñas institucionales vigentes.
Llamado institucional al cumplimiento contractual: La autoridad administrativa reiteró la invitación a las tripulaciones de empresarios a regularizar su estatus contractual mediante la adquisición de las licencias comerciales provistas por las cadenas televisivas y plataformas autorizadas para la Copa del Mundo. Se enfatizó que el respeto a los derechos de autor y derechos conexos protege la cadena de valor de la industria del entretenimiento y el orden público en las pantallas del estado, manteniéndose los monitoreos institucionales.



