
Chihuahua.- El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una serie de modificaciones para homologar la Ley de Vialidad y Tránsito con la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, endureciendo las causales para la suspensión y cancelación definitiva de licencias de conducir a los guiadores reincidentes.
El dictamen, surgido de la Comisión de Obras, Servicios Públicos, Desarrollo y Movilidad Urbana, otorga facultades a la Subsecretaría de Movilidad del Estado para aplicar estas sanciones administrativas.
Puntos clave sobre la suspensión y cancelación de licencias:
Causales de suspensión temporal (Artículo 58):
Acumular dos o más violaciones a la ley en un año si el titular es menor de 18 años, o cometer dos o más infracciones graves en un solo hecho.
Acumular dos faltas graves en momentos distintos dentro de un periodo de tres meses. Si la falta es por conducir ebrio o bajo el efecto de drogas, el plazo de reincidencia para suspensión se extiende a 12 meses.
Negarse a practicarse exámenes médicos o químicos solicitados por la autoridad municipal o la Subsecretaría.
Conducir con cualquier nivel de alcohol o drogas en el organismo al operar transporte público, taxis o vehículos de plataformas digitales.
Causales de cancelación definitiva:
Cometer tres infracciones consideradas graves en el lapso de un año.
Provocar un siniestro de tránsito bajo el efecto del alcohol o estupefacientes que resulte en la muerte de una persona.
Proporcionar información falsa, documentación apócrifa o incumplir con la entrega de los documentos requeridos ante la autoridad vial.









































































