
CIUDAD DE MÉXICO.- Alejandro Rojas Pruneda, abogado de Gilda Susana Lozoya Austin —hermana del exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya—, acusó formalmente a la Fiscalía General de la República (FGR) de desplegar una estrategia de intimidación, acoso y violaciones al debido proceso en contra de su representada.
A través de un comunicado emitido este lunes, el litigante reprochó que el ministerio público federal requirió a la defensa con apenas dos horas de anticipación para presentarse en las instalaciones de la Guardia Nacional en Ecatepec, Estado de México. El objetivo era realizar una evaluación de riesgo a Lozoya Austin, una diligencia que calificó de innecesaria y violatoria, toda vez que se encuentran dentro del plazo constitucional de 144 horas para preparar la defensa que se expondrá ante el juez.
Gilda Susana Lozoya fue detenida el miércoles de la semana pasada a su regreso de Ámsterdam, Holanda, bajo la imputación del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero). Tras comparecer en el Reclusorio Norte, solicitó la duplicidad del término legal, por lo que su situación jurídica se definirá formalmente este martes.
El abogado defensor expuso una serie de presuntas irregularidades cometidas por la FGR desde la captura de su clienta:
Detención innecesaria y exhibición pública: Rojas Pruneda señaló que la orden de aprehensión era innecesaria, ya que la fiscalía sabía que existía comunicación permanente y que la imputada habría comparecido voluntariamente. Asimismo, denunció como ilegal la difusión de imágenes y videos donde se le observa esposada y sometida, lo cual vulnera la presunción de inocencia, el Código Nacional de Procedimientos Penales y su dignidad humana.
Argumentos discriminatorios en audiencia: Al solicitar la prisión preventiva, los agentes de la FGR argumentaron que el hecho de que Lozoya Austin sea una mujer divorciada y sin hijos era motivo para que llevara su proceso en reclusión. La defensa catalogó estas expresiones como estereotipos de género incompatibles con el principio constitucional de igualdad.
Acoso domiciliario: El litigante reportó la presencia de agentes de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) merodeando el domicilio de su representada, una facultad que corresponde exclusivamente a la Unidad de Medidas Cautelares, interpretándolo como un claro acto de amedrentamiento.
Finalmente, el defensor reveló que durante la audiencia inicial, la juez de control reprendió a los ministerios públicos cuando estos amagaron con investigar si la imputada o el juez de amparo habían cometido un delito al exhibir una suspensión provisional que la protegía contra la captura.



