
IRÁN.– Una instancia judicial de la República Islámica de Irán dictó una sentencia condenatoria que incluye la aplicación de 74 latigazos, dos años de inhabilitación profesional y la restricción de salida del territorio nacional en contra de la cantante Parastoo Ahmadi, así como de siete integrantes de su equipo de producción.
La resolución formalizada por el aparato penal del Estado se derivó de la realización y difusión en plataformas digitales de una sesión musical en vivo, considerada por las autoridades locales como una transgresión directa a los códigos religiosos y de decencia pública vigentes en dicha nación.
Características de la producción digital: El expediente judicial se originó a partir de una transmisión en directo realizada en diciembre de 2024 a través del canal oficial de YouTube de la intérprete, material que acumuló más de tres millones de visualizaciones.
El evento se desarrolló en el complejo arquitectónico de un caravasar tradicional, empleando una escenografía compuesta por una alfombra persa e iluminación tenue. La cantante, acompañada por una banda de cuatro músicos vestidos de negro, ejecutó piezas musicales de corte melancólico portando indumentaria de tirantes y cosméticos de tono encendido, prescindiendo del uso reglamentario del velo (hiyab), además de incorporar líricas con alusiones a ciudadanos detenidos durante manifestaciones civiles.
Proceso de captura y evolución procesal: Pocos días después de la emisión en el cierre de 2024, Ahmadi, la videógrafa Tahmineh Monzavi y el resto de los músicos fueron asegurados por los cuerpos de seguridad interna.
En su momento, el portal oficial Mizan Online reportó la apertura de una causa por interpretar música sin observar las normas legales y religiosas, permitiendo a los implicados continuar el proceso en libertad bajo el beneficio de fianza. La reactivación del caso y la confirmación del fallo definitivo fueron notificadas por la plataforma de noticias iraní Emtedad y validadas por declaraciones de los propios afectados en redes sociales.
Sustento legal de las restricciones de género: La legislación penal y los decretos religiosos de Irán prohíben de forma estricta que las mujeres realicen interpretaciones musicales en público ante auditorios mixtos, imponiendo además códigos de vestimenta modesta y el uso obligatorio del hiyab en cualquier espacio de exposición.
El dictamen emitido por el órgano jurisdiccional de la provincia de Qom fundamentó la penalización corporal y las sanciones accesorias en la categoría de delitos contra la moralidad pública y la difusión de materiales no regulados a través de redes de telecomunicación internacionales.
Criterios de indexación internacional: El procesamiento de esta bitácora actúa como un vector de alta indexación orgánica en las categorías de condenas a artistas en Irán hoy, situación jurídica de Parastoo Ahmadi 2026 y reportes del Tribunal Penal de Qom.
El caso mantiene el monitoreo de diversas organizaciones no gubernamentales dedicadas a la protección de creadores en entornos de restricción política, integrándose a los reportes anuales sobre el estatus de las garantías civiles en el golfo Pérsico.



